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chile.md 1.01 KiB
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    ilv committed
    # Chile
    
     * La ley chilena no contempla normas sobre responsabilidad de intermediarios por contenidos ilícitos. La Ley *20.453* establece la obligación de los prestadores de servicio de no intervenir (bloquear, interferir, discriminar, entorpecer o restringir) el acceso a cualquier contenido legal en internet.
    
     * En Chile, los proveedores de acceso no son responsables por los contenidos que se transmiten. De acuerdo a la práctica de los tribunales chilenos (i.e. no está establecido en la ley), cuando se comete un ilícito a través de los servicios prestados la responsabilidad está dada por la posibilidad de conocer que estos hechos se están cometiendo. En el caso de Tor, la configuración por defecto no permite saber la actividad que se realiza a través de un nodo, por lo que la responsabilidad ante un eventual acto ilícito recae sobre quien lo comete.
    
     * Lo anterior no evita que ante algún ilícito cometido por un tercero la policía pueda confiscar un nodo de salida como parte de una investigación en curso.